Si su empresa es de reciente creación o una ‘start up’ y puede disfrutar durante unos años del tipo reducido del 15% en su IS, elija bien el momento en el que compensa sus bases negativas. Así reducirá al máximo su tributación...
TIPO REDUCIDO DEL 15%
«Start up» o de reciente creación. Actualmente hay algunas empresas que pueden disfrutar durante unos años del tipo reducido del 15% en el IS, en lugar de satisfacer el tipo general:
• Nueva creación. Las empresas de nueva o reciente creación pueden disfrutar del tipo del 15% en el primer ejercicio en que su base imponible sea positiva y en el siguiente .
• «Start ups». Las empresas emergentes (denominadas ‘start ups’) pueden hacerlo en el primer ejercicio con base positiva y en los tres siguientes .
Ejercicios consecutivos. En ambos casos el tipo reducido sólo es aplicable en el primer ejercicio con base imponible positiva y en el siguiente (o en los tres siguientes ejercicios consecutivos, en caso de ‘start ups’). No se confunda: aunque en uno de estos períodos la empresa incurra en pérdidas, ello no le permite ampliar en un ejercicio más dicho plazo. Por ejemplo, si en 2023 una empresa de reciente creación obtiene por primera vez una base positiva y aplica el tipo del 15%, aunque en 2024 su base sea negativa, en 2025 deberá tributar al 25% (o al 23% si es una micropyme).
BIN INICIALES
Compensación. Si su empresa es de reciente creación o una ‘start up’, es muy posible que al principio acumule bases imponibles negativas (BIN). A estos efectos, recuerde que:
• La compensación de BIN es optativa. Su empresa puede decidir si en un ejercicio quiere compensar o no las BIN pendientes de ejercicios anteriores y en qué cuantía desea hacerlo.
• Actualmente no existe un plazo máximo de años para compensar las BIN pendientes.
Salvo casos excepcionales, las BIN no se pierden.
Compensación óptima.
Teniendo en cuenta esto, cuando su empresa empiece a obtener beneficios, compense las BIN que tenga pendientes de forma óptima. Así reducirá al máximo su tributación. En este sentido, procure que en los ejercicios en los que el tipo aplicable sea del 15% la base imponible tributable sea la máxima posible. Para ello, si es preciso, retrase la compensación de las BIN que tenga pendientes (de forma que su empresa alcance dicho objetivo).